Marruecos Preguntas Frecuentes
TITULO Y PROPIEDAD
P: ¿Cuáles son las garantías bancarias de los pagos efectuados a cuenta?
R: Generalmente en Marruecos no existe un sistema obligatorio de garantías por cantidades adelantadas en la compra a promotor sobre plano. Existe una ley reciente sobre “ventas en estado de entrega en el futuro” que en la actualidad no viene acompañada de ninguna disposición complementaria que exija su cumplimiento. En general se puede solicitar para cada caso individual al promotor.
P: ¿Se adquiere la propiedad en pleno dominio?
R: Efectivamente, los inmuebles se adquieren bajo el régimen de la propiedad privada a perpetuidad. Los títulos de propiedad se escriturarán a la terminación de la obra y la entrega de la vivienda que se inscribe en un registro de la propiedad de la zona en la que la vivienda esté ubicada.
P: En caso de retraso superior a 21 meses después de conceder la licencia de construcción. ¿Tengo la opción de cancelar el contrato?
R: Pueden ocurrir retrasos cuando se compra sobre plano y la mayoría de las veces, como es el caso en Marruecos, el contrato prevé un período de prórroga o “de gracia” al promotor extendiendo la fecha de entrega para terminar la obra sin tener que indemnizar al comprador. Por lo general, la prórroga estipulada en el contrato es de 6 meses. Cualquier retraso superior será sujeto a compensación excepto en caso de fuerza mayor como condiciones climáticas inesperadas, problemas en suministros de materiales o huelga de los trabajadores.
P: ¿Qué gastos de comunidad se pagarán a terminación de obra?
R: En general, las contribuciones al fondo comunitario dependen del nivel de servicios que el proyecto y el promotor ponga a disposición de los compradores y en general incluyen una pequeña cantidad como fondo de reserva.
PAGOS E IMPUESTOS
P: ¿Qué impuestos se pagan como propietario en Marruecos?
R: El gobierno marroquí en su programa de incentivo a las inversiones extranjeras y promoción turística, ofrece a los compradores exenciones de impuestos o ventajas fiscales.
Como no residente deberá pagar los impuestos siguientes:
Tasa urbana de propiedad (Taxe Urbaine):
En el caso de propietario no-residente, dicho impuesto se calcula sobre el valor de alquiler de la vivienda ( ya sea las rentas realmente recibidas o las imputadas por los organismos oficiales). El tipo de interés sigue una escala que varía desde el 10% hasta el 30% de los ingresos por alquiler entre 3,000.00 y 60,000.00 Dirhams. Para cantidades superiores de ingresos, los tipos son inferiores.
En muchos proyectos, sobre todo aquellos integrados en el “Plan Azur” del gobierno marroquí, disfrutan de una exención de dicho impuesto durante los cinco primeros años posteriores a la licencia de primera ocupación.
Impuesto municipal (Taxe d’édilité):
Los titulares de un bien inmueble también quedan sujetos a un impuesto municipal (Taxe d´Édilité) calculado según el valor de alquiler de la propiedad en el año en curso (ya sea las rentas realmente recibidas o las imputadas por los organismos oficiales). Dicho impuesto se grava a un tipo único del 10 % pagadero al año siguiente de recibir el inmueble la licencia de primera ocupación.
Impuestos adicionales:
El último impuesto es el impuesto complementario que se calcula sobre la suma de los importes de la Taxe urbaine y de la Taxe d’edilité a un tipo de interés fijo del 5% sobre ambas.
Se le puede proporcionar un folleto detallando todos los impuestos y el mecanismo sobre los impuestos relacionados con la plus-valía.
P: ¿Cúal es el impuesto sobre los derechos de sucesiones (herencia)?
R: No existe un gravámen “mortis causa” en Marruecos. El sencillo proceso para registrar une propiedad a nombre de los herederos de causante será entregando copias certificadas de los documentos oficiales que les nombran como los herederos en su país de origen debidamente traducidos ante un Notario local que redactará a su vez el documento necesario con los nombres de los nuevos propietarios para su inscripción al catastro local.
P: ¿Cúal es el impuesto sobre la plus-valía?
R: El impuesto sobre la plus-valía (Taxe sur le Profit Immobilier) se calcula con el beneficio neto obtenido en el momento de la venta (es decir tras haber deducido todos los gastos relativos a la adquisición, mantenimiento, arreglo y venta de dicha propiedad incluyendo los costes de comercialización que no deberán nunca superar el 15% del precio original de adquisición).
La cantidad deberá entonces tributar al 20% del beneficio neto o al 3% del precio de venta declarado, según cual sea la cantidad más alta que se obtiene al aplicar al beneficio neto estos dos baremos.
P: ¿Puedo transferir todos mis fondos fuera de Marruecos cuando vendo mi propiedad?
R: Si. Por eso es imperativo acreditar la importación de divisas (ya sea su abogado o el promotor) con el banco receptor en el momento de la compra para permitir repatriar retirar el capital invertido y los beneficios de la venta. Al tratarse de un país con mecanismos de control de cambios, es preciso que la inversión quede acreditad.
P: ¿Cuales son los impuestos en el momento de escriturar?
R: Los impuestos a pagar serán los siguientes:
- Honorarios del catastro 2, 50%
- Otro Registrador (Conservation Foncière) 1%+ 150,00 MAD
- Notary’s tax 0,50%
- Honorarios notariales (+IVA at 10%) 1%-minimum 2.500,00 MAD
- Gastos extras Minimo: 1.500 MAD / Maximum 3.000 MAD
OTRAS PREGUNTAS
P: En el desafortunado caso de que Legalex Marbella (mi abogado) cometa uno o varios errores o negligencias, ¿cúal es su responsabilidad ante mí? Tiene Legalex Marbella un seguro profesional que podría demandar?
R: De acuerdo con la normativa vigente del Colegio de Abogados tenemos que asegurarnos contra cualquier reclamación derivada de nuestra negligencia profesional e el país que trabajamos.
P:
¿Necesito un abogado para cerrar la compra?
R: Aunque no hay obligación de contratar a un abogado para representar sus intereses, un profesional competente no sólo le proporcionará tranquilidad de que el proceso de adquisición sigue su curso adecuadamente sino también le facilitará la solución a engorrosas cuestiones administrativas como la firma de la escritura, la inscripción del título, el pago de los impuestos anuales.
P: ¿Cuales son los honorarios de Legalex Marbella?
R: Los honorarios se elevan al 1% sobre el precio de adquisición estipulado en el contrato privado de compra siendo pagaderos el primer 50% a la firma del contrato de compra venta y la segunda mitad a la firma de la escritura de compra venta.
P: ¿Cuales son los costes generados por la compra?
R: El coste total de adquisición por comprar una propiedad en Saïdia asciende aproximadamente al 6,5% o 7% del precio de compra incluyendo los honorarios de abogados, notario, registro e impuestos de transmisiones.